domingo, 13 de enero de 2008

Frases en latin: algunas mas, no todas.

Unas frases mas, pero no todas.....
* Ab æterno: desde la eternidad, que no tiene principio ni fin; se le atribuye el sentido de permanente o que dura mucho tiempo.
* Ab imo péctore: desde el fondo del corazón; expresa franqueza y sinceridad y también significa de corazón: de verdad, con seguridad o con afecto.
* Ab initio: desde el comienzo, desde el principio; se refiere al origen o al comienzo de algo. También se usa para indicar que sucede algo desde tiempo inmemorial o muy remoto.
* Abintestato: procedimiento judicial sobre la herencia del que muere sin testar, denominada sucesión abintestato. Abintestato consta de una sola palabra y no debe confundírsela con ab intestato.
* Ab intestato: sin testamento; dícese del causante de la sucesión que murió ab intestato, es decir sin testar. Ab intestato se escribe separado.
* Ab irato: a impulsos de la ira; arrebatadamente, con iracundia. Se aplica a aquellas personas que, por hallarse enfurecidos, actúan ab irato. También se usa respecto de la furia o violencia de los elementos de la naturaleza.
* Absit: afuera, apártate; Dios me libre. Vocablo latino usado para rechazar algún objeto o a alguien que repugna. Se expresa el deseo de que alguna cosa esté o vaya lejos de quien habla o de que Dios le libre de ella.
* Ab uno disce omnes: por uno solo se conoce a los demás. Publio Vergilius Marón (Virgilio): la Eneida, II, 65.
* Accesit: acercarse; se aplica a la recompensa inferior inmediata al premio en certámenes científicos, literarios o artísticos. Lleva acento y su uso en plural es invariable: los premios accesit.
* A contrariis: por el contrario; dícese del argumento que partiendo de la oposición entre dos hechos, concluye del uno lo contrario de lo que ya se sabe del otro.
* A contrario sensu: ‘Por la razón contraria. En sentido contrario; se aplica a las interpretaciones en cuanto resultan ser explicaciones o declaraciones del sentido de una cosa.
* Acta est fabula:la comedia ha concluido; es el final de la farsa. El emperador Augusto (Caius Iulius Cæsar Octavianus Augustus) lo pronunció en su lecho de muerte. Se aplica a los juicios que han resultado ser una farsa y que concluyen con una sentencia paradigmática.
* Acta non verba: hechos y no sólo palabras.
* Acta publica probantia per ipsas: las actas públicas prueban por sí mismas; aforismo que se aplica al caso de los instrumentos públicos que hacen plena fe.
* Actore non probante, reus absolvitur: Si el actor no prueba, el reo o demandado debe ser absuelto.
* Ad augusta per angusta: a resultados grandes por vías estrechas; proverbium (adagio) que enuncia que únicamente se llega al triunfo venciendo dificultades.
* ad calendas græcas: por el calendario griego; significa un plazo que nunca ha de cumplirse. La referencia ad calendas græcas se empleaba habida cuenta la inexistencia en Grecia de una manera de computar el tiempo, mediante el calendario Juliano, como existía en Roma.
* Ad captandum vulgus: atraer al vulgo; aplícase al demagogo que como argumento usa ad captandum vulgus un prejuicio vulgar.
* Ad cautelam: por cautela, por precaución.
* Addendum: lo que debe agregarse; se trata de las notas adicionales al final de una obra; en plural: los addenda.
* Ad efesios: disparatadamente, saliéndose del asunto; no confundir con adefesio: persona de exterior ridículo y extravagante o prenda de vestir o adorno de la misma característica.
* Ad effectum videndi et probandi: con el efecto de ver y de probar; motivación del pedido que un juez realiza a otra autoridad judicial o administrativa, solicitándole unas actuaciones ad effectum videndi et probandi.
* Ad eundem gradum: al mismo grado; aplícase al caso del graduado universitario que ingresa a otra universidad, al mismo nivel, sin previo examen.
* Ad eventum: eventualmente; aplícase al caso del planteo de una cuestión subsidiaria, para ser considerada ad eventum.
* Ad exemplum: como ejemplo; (1ª) lo que se propone, como paradigma, para ser imitado o evitado, según se considere bueno o malo, respectivamente; (2ª) se utiliza para demostrar una tesis con un ejemplo.
* Ad extra: para afuera; dícese de la actitud que asume quien sólo habla para el público.
* Ad extremum diem: hasta el último día; dícese de aquellas personas que siguen siendo correctas, de conducta irreprochable ad extremum diem.
* Ad finem: hasta el final; dícese que el proceso judicial debe seguir ad finem y rematar en la sentencia, porque le pone fin al litigio.
* Ad gloriam: por la gloria; aplícase al que vive presumiendo demasiado de algo y que solo lo hace ad gloriam.
* Ad gustum: a gusto; se aplica a la compraventa con el pacto ad gustum por el cual el cumplimiento del contrato, queda librado a la voluntad del beneficiario de la cláusula.
* Ad hoc: para esto; se aplica a lo que se dice o se hace sólo para un fin determinado. Suele emplearse, en un proceso, para el caso del nombramiento de un juez o funcionario ad hoc.
* Ad honorem: por honor, honorífico; (1ª) que sirve para honrar o que tiene los honores de una dignidad o de un empleo, v.gr.: tratamiento de señoría o excelencia, según sea el juez de primera o única instancia o de la cámara de apelaciones o del superior tribunal y (2ª) persona que desempeña un cargo u ostenta una calidad por el honor que representa y sin obtener ningún beneficio económico, verbi gratia: presidente honorario de una institución.
* Adhuc sub iudice lis est: la cuestión planteada sigue sin resolverse; Quintus Horatius Flaccus (Horacio): Ars Poetica, 78. Se usa para significar que el litigio está aún en poder del juez y pendiente de resolución.
* Ad imposibilia nemo tenetur: nadie está obligado a lo imposible; porque si el acto condicionado fuese físicamente irrealizable (imposibilidad física) o legalmente prohibido (imposibilidad jurídica), produciría según los casos la invalidez de la condición, subsistiendo la obligación principal.
* Ad infinitum: hasta el infinito; sin fin, ilimitado. Suele emplearse respecto de los procesos judiciales que se prolongan ad infinitum.
* Ad ínterim: de forma interina, provisionalmente; se halla referido a la interinidad que es el tiempo que dura el desempeño de un cargo sustituyendo al titular. Es incorrecto pronunciarlo interín.
* Adipiscimur possessionem corpore et animo, neque per se corpore, aut per se animo: la posesión se adquiere con el hecho y con el ánimo y no separadamente con la sola intención o con el solo cuerpo.
* Ad libitum: al agrado; constituye una típica cláusula que puede contener un contrato, por la cual su cumplimiento queda librado, en forma definitiva, a la voluntad de la parte beneficiaria de la cláusula ad libitum.
* Ad litem: para el juicio; el vocablo se emplea referido al proceso, verbi gratia: administrador, procurador, tutor o curador ad litem y también para designar un domicilio especial en un litigio: el domicilio ad litem.
* Ad litteram: a la letra, literalmente, conforme al sentido estricto del texto; se aplica a la reproducción escrita de lo dicho: actas ad litteram de una conferencia.
* Ad maiorem Dei gloriam: para mayor gloria de Dios.
* Ad misericordiam: a la compasión; dícese de una súplica o un argumento dirigidos a la compasión del oyente.
* Ad multos annos: por muchos años; se trata de un deseo de pervivencia, es decir la permanencia con vida a lo largo del tiempo o a pesar de los inconvenientes.
* Ad nauseam: hasta el punto de causar náuseas; dícese de la repugnancia causada por una cosa o por una persona.
* Ad nutum: a placer; a voluntad. Aplícase al caso de los actos jurídicos en los que se permite la revocación unilateral.
* Ad pedem litteræ: al pie de la letra; se refiere a la exactitud literal, imprescindible en las copias de documentos.
* Ad periculum opponi: exponerse al peligro; situación en la que es posible que ocurra algo malo, del que puede haber riesgo de un daño o posibilidad de ocasionarlo.
* Ad perpetuam: para perpetuar; para siempre. Aplícase al caso de ciertos cargos vitalicios.
* Ad probationem: para ser probado, para la prueba; la formalidad exigida por la ley para la constitución de un acto jurídico tiene como finalidad esencial la prueba de dicho acto. La carencia de la formalidad requerida no invalida el acto, por ser subsanable dicha omisión con posterioridad.
* Ad quem: a quien, ante quien; dícese del juez o tribunal superior ante el que se recurre.
* Ad referéndum: con la condición de informar; y ser aprobado por el interesado.
* Ad rem: a la cosa; responder ad rem es responder precisamente, categóricamente.
* Ad solemnitatem: con solemnidad. Aplícase al requisito de las formalidades requeridas sine qua non para la validez de los actos jurídicos.
* Ad testificandum: para dar testimonio; aplícase al caso de los testigos ad testificandum que son pagados mediante recompensa y por lo tanto son testigos venales.
* Ad ultimum animo contendere: querer alcanzar el extremo, el súmmum de la perfección.
* Adversus: contra, hacia; dícese de aquello que es contrario, desfavorable u opuesto a lo que se desea o se pretende.
* Adversus periculum naturalis ratio permittit se defendere: frente a un peligro el derecho natural permite que uno se defienda.
* Ad vitam æternam: por siempre, eternamente.
* Ad vitam aut culpam: por toda la vida o hasta la falta; mientras dure su buena conducta como, exempli gratia, se exige respecto de los jueces ad vitam (no por tiempo determinado).
* Ad vivum: en arte, pintado de un modelo vivo; de apariencia natural o viva.
* Advocati non ultra quam litium poscit utilitas in licentiam conviciandi et maledicendi temeritate prorumpant: los abogados no deben prorrumpir temerariamente en ultrajes y maledicencias, más allá de lo que exija la utilidad de los juicios.
* Advocatorum error litigatoribus non noceat: ‘El error de los defensores no puede perjudicar a los litigantes’.
* Advocatus: el que es llamado a defender, abogado.
* Advocatus diaboli: abogado del diablo; dícese de la persona que contradice o pone muchos reparos.
* Æquam servare mentem: mantener la mente tranquila. Quintus Horatius Flaccus (Horacio): Odas, 11, III, 1 y 2.
* Æquitas sequitur legem: ‘La equidad sigue a la ley’.
* Æquo animo: con la mente tranquila. Marcus Tullius Cicero (Cicerón): Epistulæ ad Atticum,VI, 8.
* Æstimatio delicti præteriti ex post facto non crescit: ‘La estimación de un delito pasado no aumenta por un hecho posterior’.
* Affectio maritalis: ‘Intención de matrimonio’.
* Affectio societatis: ‘Intención de constituir sociedad’.
* Alea iacta est: ‘La suerte esta echada’. Caius Suetonius Tranquillus (Suetonio): Cæsar, 32. Alea iacta est se dice al tomar una decisión arriesgada.
* Animus confidenti: ‘Ánimo de confesar’.
* Animus donandi: ‘Ánimo de donar’.
* Animus iniuriandi: ‘Ánimo de injuriar’.
* Animus iocandi: ‘Ánimo de bromear’.
* Animus lucrandi: ‘Ánimo de lucro’.
* Animus necandi: ‘Ánimo de matar’, se dice del ánimo del autor de un homicidio calificado o de un asesinato.
* Animus solvendi: ‘Ánimo de pagar’.
* Animus vulnerandiÑ ª animo de vulnerar o agredirª
* Animus defendendi : animo de defenderse
* Ante merídiem: antes del mediodía; abreviatura: a.m.
* Ante nuptias: antes de las nupcias; aplícase a las convenciones prematrimoniales.
* A pari: a la par; dícese del argumento fundado en razones de semejanza y de igualdad entre el hecho propuesto y el que de él se concluye.
* Apertis verbis: con palabras terminantes; dícese de un concepto, idea o proyecto rechazado apertis verbis.
* Aphorismus: aforismo; sentencia breve y doctrinal que se propone como regla y que tiende a concretar los justos términos de una verdad, sentencia, axioma o máxima instructiva (v.gr.: acta publica probantia per ipsas, acta simulata veritatis substantiam mutare non possunt, cuique defensio tribuenda, nuptias non cuncubitus sed consensus facit, confusio est cum debitur et creditor una persona fit, obligatio extinguitur per confusionem vel solutionem, etc.).
* A posteriori: por lo que viene después, por la experiencia; indica una demostración por la cual hay que ir del efecto a la causa, o de las propiedades de una cosa a su esencia. Se trata de una argumentación conforme las consecuencias. Vulgarmente se usa por posteriormente.
* A potiori: de mayor valor, más importante, mejor, preferible; argumentación de síntesis que concluye y refuerza un conjunto de juicios, indicando la última demostración lógica que con mayor razón corresponde al argumento desarrollado.
* A priori: por lo que precede; argumentación que da a entender que algo está considerado antes de todo examen. Se dice de los conocimientos que son independientes de la experiencia.
* Apud acta: mediante acta; se aplica a las actas realizadas en un expediente judicial.
* A quo: del cual; desígnase al juez o tribunal contra cuya sentencia se ha interpuesto un recurso
* Arare cavare: arar y cavar; locución que indica la tarea diaria del labrador, y por extensión la tosquedad de la persona que sólo sabe los rudimentos de su profesión u oficio; el castellano del medioevo había acuñado la frase: arate cavate y se aplica a los profesionales mediocres
* Aratrum terrae: cantidad de tierra que puede labrarse con un solo arado
* Argumentum: argumento; razón que se aduce en favor de algo. El argumentum trata del razonamiento usado para probar o demostrar algo o para convencer a otro de lo que se afirma o se niega
* Argumentum ad absurdum: argumento absurdo; el argumentum ad absurdum consiste en demostrar que una afirmación es válida, porque la interpretación contraria resultaría absurda
* Argumentum ad innocentiam: argumento en favor de la inocencia; esta locución debe entenderse de una manera relativa frente al principio enunciado en el status innocentis, el que debe ser destruido mediante un estado de certeza afirmativa que lo aleje al juez de toda duda
* Argumentum a maiori ad minus: argumentación de lo más a lo menos
* Argumentum a minori ad maius: argumento de lo menos a lo más
* Argumentum a símili: por semejanza; empléase el argumentum a símili para referirse a un argumento que se funda en motivos de semejanza o de igualdad entre dos hechos
* Auctoritate: con la autoridad de; se emplea siempre seguido del nombre de la persona que justifica la afirmación
* Auctoritate sua: por propia autoridad; aplícase al caso de las sentencias arbitrarias, que se toman auctoritate sua, es decir sin otro fundamento visible que el mero arbitrio del juzgador
* Audaces fortuna iuvat: la fortuna ayuda a los audaces; proverbium que trata de la circunstancia o causa indeterminada a la que se atribuye un suceso, en este caso bueno, que ayuda a quien se toma el atrevimiento o valor para hacer o decir alguno nuevo, arriesgado o peligroso. Publio Vergilius Marón (Virgilio): la Eneida, X, 283
* Audi alteram partem: principio del Derecho Procesal Constitucional mediante el cual se formula que para juzgar con imparcialidad es preciso escuchar a ambas partes
* Audiatur altera pars: óigase a la otra parte; el principio de igualdad domina el proceso, porque oír a la otra parte es la expresión de la denominada bilateralidad de la audiencia
* Axis mundi: eje o centro del mundo; lo que se considera el centro de algo, en torno al cual gira todo lo demás: los hijos son el axis mundi de los padres
* Audi alteram partem: ‘Escucha a la otra parte’.
* Ave, Caesar, morituri te salutant: ‘Ave César, los que van a morir te saludan’
* Beate et honeste vivere: llevar una vida feliz y honesta
* Beati Hispani Quibus Vivere Bibere est: "Dichosos los hispanos, para quienes vivir es beber."
* Beati pauperes spiritu: ‘Bienaventurados los pobres de espíritu’. Irónicamente se emplea para designar a aquellos ‘pobres de espíritu’ que alcanzan el aparente éxito, a pesar de su escasa inteligencia
* Beatus ille qui procul negotiis: dichoso aquel que puede estar lejos de los negocios; la versión castellana pertenece a fray Luis de León: que descansada vida la del que huye del mundanal ruido
* Bene facere: hacer una acción buena
* Benefactum: buena acción, beneficio: bien que se hace o se recibe
* Bene moratus: de buenas costumbres
* Bis: dos veces; numeral que añadido a cualquier número entero, indica que tal número se ha repetido por segunda vez y en la técnica legislativa se usa para designar el segundo añadido a un artículo o norma de una ley vigente, sin que se altere la numeración original. Vide: ter, quáter, quinquies, sexies, septies y octies.
* Bis dat qui cito dat: quien hace prontamente un favor, merece doble agradecimiento del favorecido.
* Blandus amicus: amigo adulador; aplícase al que halaga interesadamente.
* Bona fides semper præsumitur nissi mala adesse probetur: ‘La buena fe siempre se presume, si la mala fe no se prueba’.
* Bonæ fidei possessor suos facit fructus consumptos: ‘El poseedor de buena fe hace suyos los frutos consumidos’.
* Bonafidem in contractibus considerari æquum est: ‘Es justo considerar la buena fe en los contratos’.
* Bonæ memoriæ: de grato recuerdo.
* Bona fide: de buena fe; del convencimiento, en quien realiza un acto jurídico, de que éste es verdadero, lícito y justo.
* Bona fides semper præsumitur, nisi mala adesse probetur: la buena fe siempre se supone, si no se prueba que hubo mala fe.
* Bonitas sine disciplina, mater delictorum est: ‘La bondad sin disciplina, madre del delito es’.
* Breviloquens: concisión; brevedad en el modo de expresar los conceptos.
* Breviloquentis: de pocas palabras; dícese del que es parco en sus expresiones.
* Brevitatis causa: por causa de brevedad; remisión a otro texto por razones de concisión.
* Breviter et commode dicta: dicho apropiado y breve, aforismo, dicho ingenioso.
* Breviter faciam: diré en pocas palabras; se usa como un introitus a una conversación, a un escrito o a un discurso que se anticipa será breve.
* Calamo currente: al correr de la pluma.
* Calumniare est falsa crimina intendere: ‘Calumniar es imputar falsos delitos’.
* Cantabit, vacuus coram, latrone viator: ‘Canta, vacío el bolsillo, ante el ladrón el caminante’ (de Juvenal (poeta satírico latino, 55-135), Sat. 10.5.22) o quien no tiene nada no tiene nada que temer.
* Captatio benevolentiæ: ‘Captar la simpatía’ (técnica retórica).
* Carpe diem: ‘Vive el día’, aprovecha el día presente; (de Horacio (Quintus Horatius Flaccus): Odas, I, 11, 8). Nos recuerda la brevedad de la vida y que ella merece ser plenamente vivida.
* Casus fortuiti a nemine præstantur: ‘Los casos fortuitos a nadie se pueden imputar’.
* Casus fortuitus a mora excusat: ‘El caso fortuito excusa la mora’.
* Carmina non dant panem: ‘Las canciones no dan pan’.
* Cedant arma togæ: ceda el arma a la toga; para la solución de los conflictos tiene siempre que recurrirse a la justicia antes que a la guerra. El aforismo pertenece a Marcus Tullius Cicero (Cicerón: De officiis, I -77).
* Certis auctoribus aliquid comperisse: saber de buena fuente; alude al documento, material o medio que proporcionan información confiable.
* Certum est quia impossible est: es cierto porque es imposible.
* Cessionarius est pro creditor: el cesionario está en lugar del acreedor.
* Cætera desunt: el resto falta; se utiliza para indicar que la parte restante de un manuscrito no existe.
* Cæteris paribus: ‘El resto permanece igual’.
* Circa: cerca de, alrededor de, aproximadamente; úsase para indicar una fecha aproximada de acontecimiento de un hecho: circa 1000 y se abrevia c. seguido del año.
* Citius altius fortius: ‘Más rápido, más alto, más fuerte’. Es el lema de los Juegos Olímpicos de la era moderna.
* Clausulæ repugnantia semper capienda est ea interpretatione, per quam fiat ut utraque clausula operetur: ante la contradicción de las cláusulas, siempre se ha de preferir aquella interpretación por la cual una y otra cláusula tengan eficacia.
* Codex: código; cuerpo de leyes dispuestas según un plan metódico, sistemático y ordenado: verbi gratia: codex civilis.
* Cœundi: la impotencia cœundi se halla referida a la imposibilidad de cópula perfecta y como tal se vincula con la institución matrimonial.
* Cogito, ergo sum: pienso, luego(por lo tanto) existo; en medio de un gran escepticismo Descartes (s. XVII) llega al conocimiento de su propia existencia por medio del pensamiento: cogito, ergo sum, ya que no importa cuán profunda sea mi duda, porque debo existir para dudar.
* Compensatio lucri cum damno: ‘El lucro obtenido por la víctima se compensa con el daño’.
* Cogitationis pœnam nemo patitur: ‘Nadie puede ser sancionado por lo que piensa’.
* Commodum eius esse debet, cuius periculum est: la ventaja debe ser, para quien corre el riesgo; se aplica como regla de interpretación contractual.
* Communi consensus: coincidencia de opiniones entre todas las personas que componen una corporación o de pareceres entre todos los consultados o los que deben resolver la cuestión propuesta o planteada.
* Communis opinio: opinión generalizada; dícese del concepto o parecer que se forma la mayor parte de las personas de una cuestión controvertida o discutida.
* Compendium: compendio; resumen de lo más selecto de una obra, porque se trata de una exposición breve en la que se recopila y se sintetiza lo esencial de algo.
* Conclusum: concluido, terminado; úsase en las relaciones diplomáticas para indicar sumariamente la marcha de las negociaciones o los acuerdos parciales logrados entre las partes.
* Concretus ex pluribus naturis: compuesto de varios elementos.
* Condicio: condición, situación, estado; condicio etimológicamente es derivada de cum et dico (dicio) razón por la cual no debe escribirse ni conditio, ya que significa: (1ª) fundación, creación, (2ª) condimentación, sazonamiento, y menos condictio que no figura en el diccionario latino.
* Condicio sine qua non: ‘Condición sin la cual no es posible‘, condición inexcusable; se emplea para referirse a algo que no es posible sin una condición determinada, porque es aquella sin la cual no se hará una cosa o se tendrá por no hecha. Debe pronunciarse: sinekuanón y no: sinekuánon.
* Confer: compárese; vocablo latino usado en los escritos para indicar al lector algo que debe verse o consultarse; su abreviatura es: Cf. o cf., indistintamente.
* Confessio est regina probationum: la confesión es la reina de las pruebas.
* Confessio soli confitenti nocet: la confesión sólo perjudica al confesante.
* Confessus pro iudicato habetur, qui quodammodo sua sententia damnatur: el confeso se tiene por juzgado y en cierto modo condenado por su propia sentencia.
* Coniectura: conjetura; úsase para señalar que una afirmación es conjetural, en tanto es un juicio o una idea formada con datos incompletos o no comprobados.
* Conscientia bene actæ vitæ: la convicción de haber vivido honradamente.
* Consensus: asenso, consentimiento; dícese que hay existencia de consensus especialmente referido al de todas las personas que componen una corporación, por la coincidencia de opiniones o de pareceres entre los consultados o los que deben resolver la cuestión. Distinto es el acuerdo que es una decisión acordada tras un debate.
* Consilium fraudis: intención dolosa.
* Consortium: consorcio, comunidad de bienes o unión o asociación de personas o de elementos que tienen intereses comunes o que tienden a un mismo fin, especialmente referido a la agrupación de entidades para negocios importantes.
* Consuetudo vitæ: modo habitual de vivir.
* Consultus iuris: docto en derecho; jurisconsulto, abogado consultor.
* Contortulus: algo embrollado, retorcido, alambicado.
* Contra atque oportet: contra lo que conviene.
* Contra bonos mores: en contra de los buenos modales; en contra de los cánones del buen comportamiento.
* contradictio in terminis: contradicción en los términos; dícese de un argumento que padece de contradicciones internas. No debe decirse "autocontradicción", sino simplemente "contradicción".
* Contra naturam: contrariamente a la naturaleza; aplícase a los casos contra naturam que resultan ser contrarios a lo normal o regular en un orden de cosas. No debe decirse "contra natura".
* Coram loqui: en presencia de una persona, hablar cara a cara; se aplica a la diligencia procesal, denominada careo, por la cual se pone frente a frente a dos personas con el objeto de aclarar la verdad.
* Coram pópulo: en público; mostrarse en público.
* Coram videre: personalmente, ver personalmente.
* Corpore insepulto: La traducción española es "de cuerpo presente". Es incorrecto el uso antepuesto de la preposición "de" ("de corpore insepulto"). Se usa sobre todo para referirse o un oficio religioso de difuntos, antes del entierro o incineración.
* Corpus delicti: cuerpo del delito, se trata del conjunto de aspectos materiales del delito, de comprobación objetiva que confirman su existencia.
* Corruptio optimi pessima: la corrupción del mejor, es la peor; cuando lo mejor se corrompe, se convierte en lo peor.
* Creditor: acreedor.
* Cretio: aceptación de una herencia.
* Cuique defensio tribuenda: cada uno debe tener derecho de defensa.
* Cuius est condere legem, eius est abrogare: quien tiene facultades para crear una ley, también la tiene para derogarla; se aplica al legislador y contrariamente al juez que no puede derogar sino aplicar las normas legales, salvo la ultima ratio de declarar su inconstitucionalidad.
* Culmen: culminación, cumbre, apogeo; llegar al máximo grado de alguna carrera. Llegar una cosa a la posición más elevada que puede tener.
* Culpa in comitendo: ‘Negligencia en el actuar’.
* Culpa in contrahendo: culpa precontractual; dícese de la violación de la obligación de diligencia, que las partes deben observar también en el transcurso de las relaciones que preceden al contrato mismo.
* Culpa in custodiendo: ‘Negligencia en la guarda’.
* Culpa in eligendo: ‘Negligencia en la elección’.
* Culpa in omittendo: ‘Negligencia en la omisión’.
* Culpa in vigilando: ‘Negligencia en la vigilancia’.
* Cum aliquo congruere: estar de acuerdo con uno.
* Cum aliquo dissidere: discrepar de uno.
* Cum aliquo pugnare: luchar con uno; sirve para caracterizar la posición de hostilidad de la contraparte en un proceso judicial.
* Cum eo quod: a condición de que.
* Cum in verbis nulla ambiguitas est, non debet admitti voluntatis quæstio: cuando en las palabras no hay ambigüedad, no debe admitirse el cuestionamiento de la voluntad; el aforismo tiene aplicación en materia de interpretación de los contratos.
* Curator ventris: curador para el nasciturus.
* Curriculum vitæ: historial; reseña del historial profesional o de la capacidad profesional de una persona. Comúnmente se emplea sola la palabra currículum y se abrevia C.V.
* Cum laude: ‘Con honores’. Se aplica a la calificación de una tesis doctoral.
* Da mihi factum, dabo tibis ius: dad los hechos, que ellos dicen el derecho; dícese de los jueces que, por su función específica, juzgan los hechos a la luz de las normas aplicables.
* De auditu: de oídas; saber una cosa tan sólo de oídas. Se aplica a los testigos que prestan testimonio de auditu, ya que sólo lo saben a través de la información de los testigos presenciales.
* Debitor speciei liberatur interitu rei: el deudor de una especie se libera si la cosa perece.
* De cuius: de aquél, de quien; de la persona cuya sucesión se trata.
* Decursus honorum: carrera de honores; paso sucesivo por todos los cargos desempeñados.
* De facto: de hecho.
* Deforme est de se ipso predicare: es feo elogiarse a sí mismo.
* Dei gratia: a Dios gracias; agradecimiento.
* De internis nemo iudicat: nadie puede juzgar la intención no exteriorizada.
* De iure: de derecho.
* De lege ferenda: en tanto se refiere a una ley a dictarse; se alude a la ley, pero no tal como es, sino como tendría que ser.
* De lege lata: en tanto se refiere a una ley en vigencia; es decir aquella norma legal, que aun con imperfecciones, es la que hay que observar por encontrarse vigente. Se dirige a la ley tal como es.
* Delictum iteratum gravius est: el delito reiterado es más grave.
* Delírium tremens: delirio con agitación provocado por el abuso de bebidas alcohólicas.
* Deo volente: queriéndolo Dios, Dios mediante.
* Decipi non censetur qui scit se decipi: ‘No puede considerarse engañado quien se sabe engañado’.
* Deficiente lege et consuetudine, recurrendum est ad rationem naturalem: ‘Cuando no hay ley ni costumbre se debe recurrir a la razón natural’.
* Desideratum: lo más digno de ser apetecido; en plural es: desiderata. Es sinónimo de aspiración o ideal.
* Desitum est disputari: poner fin a la discusión; concluir con un litigio mediante el dictado de la sentencia.
* Desperationem afferre alicuius rei: perder las esperanzas de algo, desesperanza; aplícase a los litigios que por su lentitud provocan en los justiciables desperationem afferre alicuius rei.
* Desuetudo: desuso; falta de aplicación o inobservancia de una ley, que implica su derogación de facto.
* Deterrere ab iniuria: apartarse de la injusticia; dícese que los jueces deben, en la aplicación del derecho deterrere ab iniuria.
* Deus ex máchina: Dios desde la máquina; expresión teatral. Da a entender la intervención feliz que resuelve de pronto una situación crítica.
* De vesperi suo vivere: vivir a su manera.
* De visu: de vista; es equivalente a por haberlo visto. Se aplica verbi gratia en materia judicial, cuando el juez llama ante sí a los justiciables o realiza inspecciones por sí o por un funcionario delegado para tomar contacto directo con las personas o con las cosas.
* De vita et moribus: sobre vida y costumbres; se aplica a la previa información que debería obtenerse imprescindiblemente de una persona para cubrir un cargo público.
* Dextra fricat lævem, vultusque fricatur ab illis: la mano derecha lava la izquierda y ambas lavan el rostro; el significado del aforismo es que la cooperación entre varias personas, ya sea en realizar una cosa en común o aplicado a la manera de trabajar, siempre resultará beneficiosa.
* Dicere ab reo: hablar en favor del reo; aplícase a los testigos que sin incriminar al reo, hablan bien de él.
* Dictum: dicho; apotegma, concepto sentencioso. Dícese de la motivación que da el fundamento a una decisión judicial y por ende, respecto de la técnica recursiva, el dictum es el objeto preciso de la impugnación.
* Dies ad quem: término de un plazo; señala el día final del plazo.
* Dies ad quem computatur in termino: el día del vencimiento se computa hasta el término del plazo; señala al término como el momento final del plazo.
* Dies a media nocte incipit: el día comienza a la medianoche.
* Dies a quo: a partir del momento; indica el día en que empieza a contarse el plazo.
* Dies a quo non computatur in termino: el día del comienzo no se computa en el plazo.
* Dies dominicus non est iuridicus: el día domingo no se tiene en cuenta para los asuntos judiciales; se usa para designar a los días feriados, que son aquellos en que especialmente están cerrados los tribunales y se suspende el curso de los procesos judiciales.
* Dies iræ: el día de la ira; el día del juicio final.
* dignoscere rectum: distinguir entre el bien y el mal.
* Diuturna consuetudo pro iure et lege in his, quare non excripto descendat, observari solet: la costumbre que se prolonga en el tiempo tiene fuerza de derecho y de ley, en ausencia de una ley escrita.
* Divide et impera: dividid y vencerás; se dice que desuniendo los ánimos y las voluntades se introduce discordia que debilitan a la oposición.
* Doctus cum libro: sabio con el libro; se aplica a las personas que incapaces de pensar por sí mismas, buscan las ideas en las obras ajenas.
* dona ne capiantur neve gesta neve gerenda potestate: no deben aceptarse dones ni para ejercer el poder ni una vez ejercido.
* Do ut des: doy para que des; expresa el móvil de una acción con esperanza de reciprocidad.
* Do ut facias: doy para que hagas.
* Dulce et decorum est pro patria mori: ‘Dulce y decoroso es morir por la patria’.
* Dulce bellum inexpertis est: ‘Dulce es la guerra para aquel que no la ha peleado’.
* Dubito ergo cogito, cogito ergo sum: ‘Dudo luego pienso, pienso luego existo’.
* Dum vita est spes est: ‘Donde hay vida, hay esperanza’.
* Dura lex sed lex: ‘La ley es dura pero es la ley’.
* Eadem vis est taciti atque expressi consensus: ‘Igual fuerza tiene el consentimiento tácito que el consentimiento expreso’.
* Ego: yo; el ser espiritual del hombre, la mente.
* Ei incumbit probatio qui dicit, non qui negat: la prueba incumbe -en principio- a quien afirma, no a quien niega.
* Eius nulla culpa est cui parere necesse sit: ‘No tiene culpa alguna el que se ve obligado a obedecer por necesidad’.
* Electa una vía, non datur recursus ad aliam: ‘Elegida una vía, no es válido recurrir a otra’.
* Eo ipso:
* Erga omnes: contra todos, respecto de todo; se aplica para calificar aquellos derechos cuyos efectos se producen con relación a todos.
* Ergo: por lo tanto, luego; por consiguiente.
* Errare humánum est: es propio del hombre equivocarse
* Errare humanum est, perseverare autem diabolicum: ‘Errar es humano, perseverar [en el error] es diabólico’.
* Erratum: error; en plural: errata.
* Error communis facit ius: el error común hace derecho.
* Error in iudicando: ‘Error judicial de fondo’.
* Error in procedendo: ‘Error judicial de forma’.
* Essentialia negotii: premisas esenciales del negocio; dícese de la necesaria existencia de dichas premisas en el negocio jurídico.
* Esto perpetua: que dure para siempre; se aplica en aquellos casos en los que se estima que la situación actual, que se está viviendo, debería perdurar.
* Est pactio duorum pluriumve in idem placitium consensum: pacto es el consentimiento de dos o más personas sobre una misma cosa; Domitius Ulpianus (Ulpiano): Digesto, 2, 14, 1, 2.
* Et alii: y otros; mediante la abreviatura et al. la Suprema Corte de los Estados Unidos de América lo aplica para caratular los expedientes e indicar que en el juicio hay más de un activo o pasivo sujeto procesal y también se aplica en las referencias bibliográficas a continuación de un nombre de persona, para indicar que la obra está escrita además por otras personas. Es erróneo usar: *Et alia, ya que significa: y otras cosas.
* Et cætera: y el resto, y lo demás, etcétera.
* Et etiam aliquando bonus dormitat Homerus: hasta el buen Homero dormita de vez en cuando; si bien es propio de los hombres equivocarse, también lo es de quienes por su profunda preparación se presume que no tendrían que equivocarse.
* Et hoc genus omne: y toda esa clase de gente; úsase para englobar a todo lo que se deriva de un grupo de seres que poseen características comunes; verbi gratia: los delincuentes et hoc genus omne.
* Et in secula seculorum: Y los siglos de los siglos.
* Et sequentes: y los siguientes; abreviatura: et seq. Es el plural de et sequentia.
* Et sequentia: lo que sigue, lo siguiente; se halla referido a un texto. Se abrevia et seq. y el plural es et sequentes.
* Eventus damni: daño eventual.
* Eventus doli: dolo eventual.
* Exceptio plurium constupra thorum: ‘Excepción de pluralidad [en el lecho] contra el techo’.
* Expressa nocent, non expressa non nocent: ‘Lo expresado es nocivo, lo no expreso no es nocivo’.
* Ex abrupto: arrebatadamente, de improviso, es una expresión adverbial: No confundir con exabrupto que es un sustantivo, que se escribe junto y significa salida de tono, dicho inoportuno: lanzó un exabrupto.
* Ex æquo: con igual mérito, por igual, con igualdad; alude a la clasificación por igual mérito: empate.
* Ex animo: sinceramente, sin reservas, de buen grado; aplícase al caso de las expresiones que por ser realizadas ex animo son abiertas y teñidas de sencillez y veracidad.
* Ex cáthedra: desde la cátedra; familiarmente indica un tono magistral y decisivo, aunque en ocasiones pedantesco.
* Exceptio firmat regulam: la excepción confirma la regla; la regla, por su efecto erga omnes se aplica a la generalidad, salvo los casos exceptuados que ocurren rara vez, los que por tal motivo corroboran la regla.
* Exceptio mali processus: excepción de negligente defensa; se trata de la excepción que el demandado por una pretensión regresiva puede oponer al no habérselo citado como tercero al proceso donde se determinó la responsabilidad, verbi gratia: el dueño de la cosa causante del daño puede pedir la citación del responsable directo como así el principal, la de su dependiente.
* Exceptio non adimpleti contractus: excepción de contrato no cumplido; en materia contractual la exceptio non adimpleti contractus permite a una de las partes, frente al incumplimiento de la otra con su prestación, a abstenerse, recíprocamente, de cumplir con la suya.
* Exceptio pluribus concubium: excepción de numerosas uniones sexuales; en la acción de filiación es indiferente que la madre en la época anterior a la concepción o posteriormente al parto haya tenido relaciones con otros hombres, ya que la investigación de su conducta, mediante la exceptio pluribus concubium, debe vincularse exclusivamente a la época de la concepción.
* Exceptio probat regulam: Formulación abreviada de la máxima latina exceptio probat regulam in casibus non exceptis cuyo significado es que la excepción a una regla, en casos no explícitamente excluidos, pone a prueba (que no es lo mismo que "demuestra") la validez de la regla. En el habla popular ha sido erróneamente formulada como la excepción confirma la regla, planteando la existencia de excepciones como condición necesaria para cualquier regla, lo que es una contradicción lógica.
* Exceptio veritatis: excepción de la verdad; se aplica a la posibilidad de demostrar, en los delitos de calumnias e injurias y mediante la exceptio veritatis, la certeza de la expresión ofensiva.
* Ex communi consensu: de común acuerdo.
* Ex corde: de todo corazón; cordialidad.
* Ex delicto: de un delito; surgiendo de un delito.
* Excusatio no petita, accusatio manifesta: La excusa no pedida manifiesta acusación, o, el que se excusa sin venir a cuento, se acusa a sí mismo
* Exempli gratia: por ejemplo; abreviatura: e.gr..
* Ex facto oritur ius: del hecho nace el derecho.
* Ex gratia: designa un pago hecho como favor.
* Exigua his tribuenda fides, qui multa loquuntur: cuando mucho se necesita decir de algo para explicarlo, poca es la fe con que se le atiende.
* Existimatio: consideración pública; aplícase al caso de la persona con reputación, o también a la pérdida de la existimatio por la infamia o la vergüenza pública.
* Ex lege: de la ley, según la ley.
* Ex libris: de los libros; inscripción que suele colocarse en los libros con el nombre o iniciales del dueño, con el fin de marcar su posesión. Es invariable en número: los ex libris. Es incorrecto escribirlo junto: exlibris.
* Ex malis eligere minima oportet: entre los males hay que elegir los menores.
* Ex malitia nemo commodum habere debet: de la malicia no debe sacarse ventaja; enuncia una regla que debe tenerse en cuenta al momento de valorar las conductas asumidas por las partes, ya sea en el litigio o en el cumplimiento de un contrato.
* Ex nihilo nihil fit: nada puede crearse de la nada; Aulus Persius Flaccus (Persio): Sátiras y Titus Lucretius Carus (Lucrecio): De Rerum Natura, I, 155-6.
* Ex nunc: desde ahora; se aplica cuando quiere aludirse a la irretroactividad de una norma.
* Ex officio: de oficio, oficialmente; se emplea en los casos en que el impulso procesal en un litigio se realiza ex officio y no se deja librado sólo a las partes. También cuando la designación de un auxiliar de la justicia, exempli gratia: un perito es designado ex officio, de una lista oficial y no a propuesta de una de las partes.
* Ex opere operato: por virtud de la cosa hecha; dícese de la permanencia y validez de los actos cumplidos por la autoridad pública, pese a los defectos del funcionario.
* Ex pacto: conforme al pacto, de acuerdo con lo convenido.
* Ex pari: de igual a igual.
* Experientia docet: la experiencia enseña; Ambrosius Macrobius Theodosius (Macrobio): Saturnalia (las Saturnales), VII, 5.
* Ex post facto: posterior al hecho.
* Ex professo: a propósito, con particular intención; debe escribirse separado: ex professo, pero no junto y tampoco precedido de la palabra de (de exprofesso).
* Ex qua persona qui lucrum capit, eius factum præstare: quien obtiene provecho de una persona, también debe responder del hecho de ella; Domitius Ulpianus (Ulpiano): Digesto, 50, 17, 149.
* Ex stipulatu: de lo convenido, como consecuencia de lo convenido.
* Extra commercium: fuera del comercio; dícese que son extra commercium todas las cosas cuya enajenación fuere expresamente prohibida o dependiente de una autorización pública.
* Extra consuetudinem: contra la costumbre.
* Extra legem: fuera de la ley.
* Extra muros: fuera de la ciudad o en lugares no poblados; da a entender que no existe la seguridad que puede haber en la ciudad.
* Extra petita: fuera de la demanda; se refiere a hechos o pretensiones no reclamadas en la demanda
* Extra témpora: fuera de tiempo; se usa como calificativo de extemporáneo, es decir impropio del tiempo en que se produce, ocurre o se realiza el acto jurídico, generalmente por haber vencido el plazo acordado por la ley o los jueces para cumplir determinado acto.
* Ex tunc: desde entonces; característica de las normas que tienen efecto retroactivo.
* Facio ut des: hago para que des.
* Facio ut facias: hago para que hagas.
* Factótum: sujeto que desempeña todos los menesteres.
* Factum: hecho.
* Factum infectum fieri nequit: un hecho no puede considerarse no hecho.
* Factum tutoris censetur factum pupilli: ‘Lo hecho por el tutor se considera hecho por el pupilo’.
* Famat volat: la fama vuela; expresa la rapidez con que se expresa una noticia. Publio Vergilius Marón (Virgilio): la Eneida, III, 121.
* Favor filiorum matrimonii: en favor de los hijos del matrimonio.
* Favor libertatis: en favor de la libertad; aplícase a la interpretación de las normas legales que favorecen la libertad de un detenido.
* Favor matrimonii: en favor del matrimonio; la interpretación de las normas legales favor matrimonii, se establecen por tratarse de una institución que determina relaciones paternofiliales con repercusión en la subsistencia de una organización que, cual es la familia, constituye el fundamento de la sociedad.
* Favor rei: en favor del reo; se trata de un principio del Derecho Procesal Constitucional por el cual, en materia de recursos, el tribunal de alzada se halla facultado para pronunciar, respecto del acusado, una sentencia más favorable o una absolución favor rei, aunque aquél hubiera consentido la condena.
* Feci quot potui, faciant meliora potentes: hice cuanto pude, que hagan mejores cosas los que puedan; aforismo que enseña que si bien uno puede hacer una obra lo mejor posible habrá quien lo haga mejor aún. Se reconoce la imperfección y el mejoramiento de las obras.
* Feci, sed iure feci: lo hice, pero se hizo conforme al derecho.
* Felix qui potuit rerum cognoscere causas: feliz quien pudo conocer las causas de las cosas. Publio Vergilius Marón (Virgilio): las Geórgicas, IV, 169.
* Feras non culpes, quod mutari non potest: hay que saber soportar sin quejarse, de todo aquello que no pueda cambiarse.
* Fiat: hágase, consentimiento o mandato para que una cosa tenga efecto.
* Fiat lux: hágase la luz; en sentido figurado se invoca como deseo del debido esclarecimiento sobre un hecho dudoso.
* Fictio cessat ubi veritas locum habet: la ficción cesa cuando aparece la verdad; dícese del proceso judicial que habiendo sido presentado como verdadero y real, la sentencia lo pone al descubierto como ficticio.
* Fictus testis: testigo falso; trátase del que afirmare una falsedad o negare o callare la verdad, en todo o en parte.
* Fides bona contraria est fraudi et dolo: la buena fe es contraria al fraude y al dolo. Los actos celebrados con buena fe nunca pueden contener dolo ni fraude.
* Finis coronat opus: el fin corona la obra; para indicar la relación entre el comienzo y el fin de una cosa.
* Finito officio, cessant onera officii: finalizado el servicio, cesan sus deberes.
* Fluctuat nec mergitur: flota sin hundirse; aplícase a la persona poseedora de valores, por cuanto éstos, pese a las contrariedades de la vida, guían su comportamiento personal.
* Formæ dant esse rei: las formas dan el ser a la cosa.
* Forma legis omissa, corruit actus: si se omite la forma de la ley, el acto es nulo; el aforismo trata del requisito de las formalidades requeridas como condicio sine qua non para la validez de los actos jurídicos.
* Fortuitus casus est, qui nullo humano consilio prævideri potest: caso fortuito es el que ningún buen sentido humano puede prever.
* Fortuna non addit sapientiam: la fortuna no da sabiduría.
* Fortunis omnibus exturbatus: desposeído, alejado de todos sus bienes; se aplica al quebrado a quien la ley lo desapodera de todos cuanto posee.
* Forum arresti: jurisdicción interviniente con motivo de una medida cautelar en materia de derecho marítimo.
* Fragilitatis humanæ nimia in prosperis rebus oblivio est: en las prosperidades es excesivo el olvido de la fragilidad humana.
* Fraus omnia corrumpit: el fraude todo lo corrompe.
* Fructus consumptos suos facit bona fide possessor: el poseedor de buena fe hace suyos los frutos consumidos; la buena fe del poseedor debe existir en el origen de la posesión, y en cada hecho de la percepción de los frutos, cuando se trate de frutos percibidos.
* Functus officio: "habiendo cumplido su labor" es un término legal usado para indicar que un empleado oficial del estado, una corte, institución gubernamental o un estatuto deja sus funciones como autoridad legal porque sus tareas y funciones ya han sido cumplidas.
* Fumus boni iuris: apariencia de buen derecho; la verosimilitud del derecho invocado es uno de los elementos requeridos por las leyes procesales para que el juez pueda decretar medidas cautelares durante el juicio.
* Hábeas corpus: que tengamos el cuerpo; derecho de todo detenido a comparecer ante un juez, en el marco de un proceso constitucional, ya por vía de acción, recurso o excepción, el que deberá resolver sobre la legalidad de su detención.
* Hábeas data: que tengamos los datos; derecho de toda persona, en el marco de un proceso constitucional a tomar conocimiento personal de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos.
* Habemus confitentem reum: tenemos un acusado que confiesa; dícese de la acusación con fundamento sólo en aspectos parciales de la confesión del reo. Marcus Tullius Cicero (Cicerón), en la defensa de Q. Ligorio.
* Heredem eiusdem potestatis iurisque esse cuius fuit defunctus constat: el heredero tiene las mismas facultades y los mismos derechos que tenía el difunto.
* Heredem non sequitur: sin sucesores, no hay herederos que lo sucedan al de cuius. Se abrevia H.N.S..
* Hereditas nihil aliud quam successio in universum ius quod defuncti habúere: la herencia no es otra cosa que la sucesión en la universalidad de derecho que hubiera tenido el difunto.
* Hereditatis petitio: acción de petición de herencia.
* Hereditas pro parte adiri nequit: la herencia no puede aceptarse en parte.
* Hic et nunc: aquí y ahora; en seguida, ahora mismo.
* Hic Rhodus, hic salta!: "¡Aquí está Rodas, salta aquí!" palabras de una fábula de Esopo que trata de un fanfarrón que, invocando testigos, afirmaba que en Rodas había dado un salto prodigioso. Quienes le escuchaban, contestaron: «¿Para qué necesitamos testigos? ¡Aquí está Rodas, salta aquí!» Lo que, en sentido figurado, quiere decir que lo principal está a la vista, y hay que demostrarlo delante de los presentes.
* Hic sunt leones escribían los romanos en sus mapas sobre los territorios desconocidos. Significa aquí están los leones.
* Historia nuntia vetustatis: la historia es la mensajera del pasado.
* Hominis appellatione tam feminam quam masculum contineri non dubitatur: no hay duda de que con la palabra hombre se comprende tanto a la mujer como al varón; el aforismo quiere señalar que el vocablo hombre se usa como miembro de la especie humana, sin distinción.
* Hominis mens discendo alitur: la inteligencia humana se desarrolla mediante el estudio; el aforismo señala que el esfuerzo y el ejercicio del entendimiento sirve para comprender o aprender algo.
* Hominum existimatio: opinión pública.
* Homo homini lupus: el hombre es un lobo para el hombre; Titus Maccius Plautus (Plauto): Asinaria, II, 4, 88.
* Homo homini sacra res: El hombre es sagrado para el hombre.
* Homo splendidus: persona distinguida; ilustre, insigne. Dícese de los hombres célebres.
* Homo viator: hombre peregrino.
* Honeste vivere, alterum non lædere, suum cuique tribúere: vivir honestamente, no dañar a otro y dar a cada cual lo suyo.
* Honestum lucrum illud est per quod nemo læditur: El lucro es moral cuando no daña al otro.
* Honoris causa: por causa de honor; a título honorífico.
* Horror vacui: Miedo al vacío. Aristóteles defendía que la naturaleza aborrece el vacío natura abhorret vacuum, es decir, que se rige por el principio del horror vacui.
* Ianuæ clausum: a puertas cerradas; sin asistencia del público, reservadamente. Se aplica a las audiencias de los tribunales cuando se realizan ianuæ clausum por la naturaleza reservada del litigio evitando así el strepitu fori.
* Ibídem: allí mismo, en el mismo lugar; abreviatura: ibíd. Se emplea en índices y notas y por ser un vocablo latino integrado al Diccionario de la Lengua lleva acento.
* Ídem: lo mismo, el mismo; abreviatura: íd. Se usa para evitar repeticiones y por ser ídem un vocablo latino integrado al Diccionario de la Lengua lleva acento.
* Id est (i.e.): esto es.
* Id quod dicitur, fit motu conditus: lo que se dice es realzado por el gesto; empléase para destacar que el gesto, por ser la expresión del rostro o de las manos (lenguaje gestual), puede expresar, como acompañamiento, diversos estados de ánimo que realzan una conversación o comunicación personal.
* Id quod interest vel quanti non solum ex damno dato constat, sed etiam ex lucro cessante: los daños y perjuicios que interesan comprenden no solo el daño causado sino también el lucro cesante.
* Ignobilis: desconocido, ignoto; se aplica a la persona que no goza de fama o reputación.
* Ignorantia iuris non excusat: ‘La ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento’.
* Ignorantia legis neminem excusat: ‘La ignorancia de la ley a nadie excusa’.
* Illaboratus: que no ha sido trabajado; se aplica a la cosa conseguida sin esfuerzo, fácilmente adquirida, sin trabajo.
* Illatio: acción de haber puesto la cosa sustraída en lugar seguro, que se tomaba en cuenta para distinguir uno de los momentos de consumación del delito de hurto.
* Imperitia: impericia, inexperiencia, falta de habilidad; se refiere a la capacidad o destreza para hacer algo bien o con facilidad.
* Impossibilis condicio habetur cui natura impedimento est, quominus existat: hay una condición imposible cuando la naturaleza impide que ella se cumpla.
* Improba verba: palabra detestable, abominable; las improba verba son las que hacen sentir aversión o repugnancia respecto del sujeto que las pronuncia, de forma tal que el impulso natural sea alejarse o desear que desaparezca.
* Improbum facta suspicio insequitur: la sospecha acompaña siempre a las acciones de los malvados.
* Improbus est homo qui beneficium scit accipere et reddere nescit: es un mal hombre el que sabe recibir el beneficio y no sabe devolverlo Titus Maccius Plautus (Plauto): Persa, 762.
* Improbus litigator: litigante temerario; el improbus litigator es aquel que demanda o se excepciona a sabiendas de su falta de razón o sin motivo valedero.
* In absentia: en ausencia; se aplica, también a los casos de situaciones en rebeldía.
* In abstracto: en lo abstracto; dícese de los principios que establecidos in abstracto no se comprueban luego en la realidad.
* In actus: en acto.
* In albis: en blanco; sin comprender lo que se oye. Se usa con los verbos dejar o quedar.
* In ambiguo: en ambigüedad; confuso. Se refiere a aquello que queda en lo incierto.
* In anima vili: en ánima vil; los experimentos o ensayos en medicina, que se realizan previamente en animales irracionales.
* In apicibus iuris: en las sutilezas del derecho.
* In artículo mortis: en la hora de la muerte; verbi gratia matrimonio in artículo mortis. Decir en artículo mortis es incorrecto.
* Inauditus: inaudito, que no tiene precedentes; verbi gratia cuando una sentencia de alzada se aparta de la jurisprudencia estabilizada, se la califica como de inauditus.
* In bonam partem: en el buen sentido.
* Incivile est, nisi tota lege perspecta, una aliqua particula eius proposita iudicare vel respondére: es injusto, sin haber examinado toda la ley, juzgar sólo sobre la base de una disposición para pretender interpretarla integralmente; el aforismo señala la validez de la interpretación hermenéutica de la ley.
* In claris cessat interpretatio: ante la claridad cesa la interpretación; cuando el texto de la norma es claro, no hay necesidad de interpretación.
* Incontinenti: prontamente, inmediatamente, al instante; se usa también como palabra inicial o intercalada en el texto de una declaración testimonial, para indicar que el testigo depone al instante, sin titubeos. Verbi gratia: ...incontinenti dijo: .... Se escribe junto, no separado y no confundir con incontinente.
* In contractibus rei veritas potius quam scriptura perspici debet: en los contratos se debe examinar con cuidado cuál es la verdad de la cosa, más que a lo escrito; se trata de una pauta fundamental para la interpretación contractual.
* In conventionibus contrahentium voluntatem potius quam verba spectari placuit: se ha establecido que en las convenciones se observe mejor la voluntad de los contratantes que a las palabras, Æmilius Papinianus (Papiniano): Digesto, 50, 16, 219.
* Incorruptum iudicium: juicio imparcial.
* Incorruptus testis: testigo incorruptible; se aplica para calificar al testigo que depone con veracidad.
* In crescendo: en aumento, en desarrollo.
* Indestrictus: ileso, intacto.
* Index: índice, catálogo.
* Indicium: indicio; dícese del signo aparente que hace posible la existencia de una cosa.
* In dubiis, ábstine: en la duda, abstente; es un aforismo que se aplica para evitar que se emitan juicios sin el debido y fundado convencimiento.
* In dubiis favorabilior par est eligenda: en la duda deberá elegirse lo más favorable a la parte; siempre se deberá estar por la subsistencia de los derechos, así ad exemplum respecto de la existencia de la persona por nacer, en la duda de haber nacido o no con vida, se presume que el nasciturus nació vivo.
* In dubio: en la duda; aplícase a aquello que queda en la incertidumbre.
* In dubio magis contra fiscum est respondendum: en caso de duda deberá decidirse en contra del fisco. Modestino: Digesto, 49, 14, 10. Expresa una protección a la parte más débil de la relación, aun cuando en la práctica de la Administración el aforismo no tiene una correcta aplicación.
* In dubio pro libertate: en la duda a favor de la libertad.
* In dubio pro reo: en la duda a favor del reo; principio de derecho constitucional y penal por el cual el juez para condenar debe hallar en su fallo un estado de certeza afirmativa que, alejándolo de toda duda, destruya el estado de inocencia del reo.
* In dubio pro operario: en la duda a favor del trabajador; principio jurídico el cual establece que en caso de incerteza frente a una cierta situación, el juez debe siempre ser favorable al trabajador, por considerarse que en la relación de poder empleador-trabajador, este último se encuentra en minusvalía frente al primero.
* In dubio semper id, quod minus est debetur: en caso de duda siempre es debido lo que es menos.
* In extenso: en toda su extensión; completamente, íntegro en lo que se refiere a un texto. Se escribe separado, no inextenso.
* In extremis: en el último momento, en las últimas, en trance de muerte. Tiene aplicación al caso del que se halla en los últimos instantes de la existencia, verbi gratia: el testamento realizado in extremis.
* Infans conceptus pro nato habetur quotiens de commodis eius agitur: el feto concebido tiene trascendencia jurídica en tanto nazca con vida.
* In fieri: Se emplea para designar aquello que está por hacer; Ingeniero in fieri es in ingeniero a punto de graduarse, pero sin el título que lo formalice.
* In fine: al final; se emplea para indicar que la referencia a un texto está al final de un párrafo o de una página.
* In forma pauperis: formalmente pobre, informal; aplícase al caso de los recursos in forma pauperis que por carecer de patrocinio letrado son dirigidos al tribunal y que éste, por tal motivo, tiende a morigerar la exigencia del requisito de su debida fundamentación.
* In fraganti: en el mismo momento, en el instante, con las manos en la masa; sorprendido en el mismo momento que se está cometiendo el delito: fulano fue sorprendido in fraganti. También se admite, por su incorporación al castellano: infraganti.
* In fraudem legis: en fraude de la ley.
* Ingratus est qui beneficium accepisse se negat, ingratus qui dissimulat, ingratus qui non reddit, ingratissimus omnium qui oblitus est: ingrato es quien niega el beneficio recibido, ingrato es quien lo disimula, ingrato quien no lo devuelve, pero el más ingrato de todos es quien lo olvida. Virgilio (Publio Vergilius Marón) nos recuerda que mientras el río corra, los montes hagan sombra y en el cielo haya estrellas, debe durar la memoria del beneficio recibido en la mente del hombre agradecido.
* In his quæ contra rationem iuris constituta sunt, no possumus sequi regulam iuris: en lo que fue establecido contra la razón del derecho, no podemos seguir la reglas del derecho.
* In hoc signo vinces: por este signo vencerás.
* In illo tempore: en aquel tiempo; alude a algo ocurrido hace mucho tiempo, o en otros tiempos.
* Inimicus: no amigo, adversario; dícese del contradictor en un proceso judicial.
* In iudicando: de derecho; dícese de los errores in iudicando (de juzgamiento) que motivan el recurso de casación.
* Iniuria: injusticia, afrenta, injuria, deshonor.
* In lucem suscipi: salir a la luz, venir al mundo; tiene un doble uso: respecto de la verdad que se exterioriza in lucem suscipi y en el caso del nacimiento de una persona.
* In malam partem: en el mal sentido.
* In medio stat virtus: la virtud está en el medio; y alejada de los extremos.
* In memoriam: En memoria de...
* In nomine Patris, et Filli, et Spiritus Sancti: En el nombre del Padre, del Hijo, y del Espiritu Santo.
* In locus parentis: En el lugar de los padres.
* Innocentia: no culpabilidad, sin malicia; se relaciona con el status innocentis principio de derecho constitucional, por el cual el juez para condenar debe hallar en su sentencia un estado de certeza afirmativa que, alejándolo de toda duda, destruya el estado de inocencia del procesado.
* Innupta: no casada, soltera, célibe.
* In obscuris inspici solet quod verosimilius est, aut quod plerumque fieri solet: en los casos oscuros suele tenerse en cuenta lo que es más verosímil o lo que suele hacerse ordinariamente; se usa como pauta para la interpretación contractual.
* Inobsequens: desobediente, rebelde; aplícase al que se halla en estado de rebeldía en un proceso judicial.
* In péctore: en el pecho; dícese de las resoluciones tomadas pero aún no dadas a conocer.
* In poenalibus causis benignius interpretandum est: en las causas penales se impone la interpretación más benigna.
* In procedendo: de procedimiento; dícese de los errores de actividad: in procedendo que motivan el recurso de casación.
* In promptu: de improviso, de pronto; de manera repentina o impensada. No confundir con impromptu: composición musical que improvisa el ejecutante.
* In propria persona: en su propia persona; alude a personalmente y no por medio de apoderado para que procesalmente el litigante o imputado comparezca al tribunal o realice actos in propria persona.
* In púribus: en cueros; desnudo.
* Inquisitor: inquisidor, investigador, encargado de una información judicial; se dice del instructor o director del procedimiento y también respecto del juez de instrucción o del agente fiscal intervinientes en una causa judicial.
* Insanabilis: incurable, que no tiene remedio.
* In sólidum: en total, por entero, por el todo; expresa la facultad u obligación que, siendo común a dos o más personas, puede ejercerse o debe cumplirse por entero por cada una de ellas.
* Inter nos: entre nosotros; se usa familiarmente en frases como: Ahora inter nos te diré lo que en realidad ha sucedido.
* Interpósita persona: persona interpuesta, testaferro; aplícase al caso del que, aparentando obrar por cuenta propia, interviene en un acto jurídico por encargo y en provecho de otro.
* Interregnum: interregno; se designa al espacio de tiempo en que un Estado no tiene soberano. En los estados parlamentarios es el intervalo desde que se interrumpen hasta que se reanudan las sesiones de las Cortes.
* Intimus consiliis eorum: confidente de sus secretos; tiene aplicación al amigo íntimo, aquel al que se le fía los secretos.
* In utroque iure: en uno y otro derecho; se usa para expresar que alguien es graduado en ambos derechos, civil y canónico. También puede decirse solamente: in utroque (en uno y otro).
* Iura novit curia: el juez conoce el derecho; aforismo que significa que, sin perjuicio de las normas jurídicas citadas por las partes en apoyo de sus pretensiones, el juez aplica la ley correspondiente.
* Iure imperii: derecho de mandar con autoridad; aplícase al ejercicio de la autoridad estatal.
* Iuris et de iure: calificativo de las presunciones que no admiten prueba en contrario.
* Iuris tantum: calificativo de las presunciones que admiten prueba en contrario.
* Iuris exsecutio non habet iniuriam: del cumplimiento del derecho no puede haber injusticia; Domitius Ulpianus (Ulpiano): Digesto, 47, 10, 13, 1.
* Ius est ars boni et æqui: el derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo.
* Ius et utile, unum atque idem: derecho y utilidad son lo mismo; el valor utilidad integra el mundo jurídico, porque un derecho inútil resulta un derecho injusto. El juez debe evitar interpretar la ley de modo que ponga en pugna las disposiciones de un mismo cuerpo normativo, privando así de sentido a las reglas legales y tal interpretación, que realiza una exégesis inoperante del derecho mediante una hermenéutica no idónea, es arbitraria.
* Ius sanguinis: derecho de la sangre; aplícase a las personas cuyos derechos se rigen por la patria familiar de origen.
* Ius soli: derecho del suelo; se aplica a la persona los derechos del país en que ha nacido.
* Labor omnia vincit improbus: un trabajo ímprobo todo lo vence; Publio Vergilius Marón (Virgilio): las Geórgicas, I, 144-145.
* Lapsus: (1ª) error; (2ª) descarrío, que significa apartarse de lo razonable o de su deber, verbi gratia: haber tenido un lapsus.
* Lapsus cálami: error de la pluma; es decir cometido al escribir.
* Lapsus linguæ: error de lengua; error cometido al hablar.
* Lata culpa est nimia negligentia, id est non intelligere quod omnes intelligunt: la culpa grave es excesiva negligencia, esto es no comprender lo que todos comprenden; Domitius Ulpianus (Ulpiano): Digesto, 50, 16, 213; se entiende que la culpa grave o lata es el descuido o desprecio absoluto de las precauciones más elementales, para evitar un mal o un daño.
* Lata culpa plane dolo comparabitur: la culpa grave es ciertamente comparable con el dolo; Domitius Ulpianus (Ulpiano): Digesto, 11, 6, 1, 1.
* Lato sensu: en sentido amplio; se aplica a las interpretaciones en cuanto resultan ser explicaciones o declaraciones del sentido de una cosa.
* Legem servare: observar las leyes; guardar y cumplir lo que se manda; guardar las prescripciones de la ley.
* Legendum: debe leerse; úsase para indicar cómo debe ser leído un texto.
* Legere et non intelligere est tamquam non legere: leer y no comprender es como no leer.
* Leges firmantur cum moribus utentium approbantur: las leyes consiguen tener vigencia cuando son aprobadas por la costumbre de los llamados a cumplirlas.
* Leges per desuetudinem abrogantur: las leyes se abrogan por el desuso.
* Leges posteriores ad priores pertinent, nisi contrariæ sint: las leyes posteriores integran las anteriores, si no se le oponen; Paulo: Digesto, 1, 3, 28.
* Lex artis: ley del arte; en materia penal la violación de la lex artis es la transgresión negligente de las precauciones habituales de la actividad o profesión correspondiente.
* Lex non est imponenda aliis ab eo qui ipsam negligit observare: el que no cumple con la ley no puede imponérsela a los demás; se aplica a la autoridad, que debe observar una conducta ejemplar respecto de la observancia de la ley, para poder de tal manera lograr que el ciudadano también la cumpla.
* Lex non scripta: se refiere a la ley natural, que es la verdad grabada en el corazón de todo ser humano e integra el derecho natural.Tomás de Aquino "Suma Teológica" Prima secundæ(I-IIæ) cuestión 94, artículo 6.
* Libera arbitrium: libre arbitrio, libre albedrío; se usa para señalar la capacidad de propia actuación que posee el hombre basada en la reflexión y la libertad de elección.
* Magister dixit: el maestro lo ha dicho; dícese de un argumento que no admite réplica.
* Magister est prioris posterior dies: lo aprendido el día anterior enseña para el posterior. Se trata de no desoír las experiencias aleccionadoras pasadas.
* Magna culpa: gran culpa; se emplea para magnificar la culpa o una grave negligencia.
* Magna difficultas impossibilati æquiparatur: una gran dificultad equivale a la imposibilidad.
* Magna servitus est magna fortuna: una gran fortuna es una gran esclavitud.
* Magnas inter opes inops: pobre en medio de tanta riqueza.
* Magna verba: frases pomposas.
* Magnis itineribus: a marchas forzadas. Se usa sobre todo en el lenguaje militar.
* Manuetæ naturæ: de naturaleza apacible; se usa para indicar la dulzura, suavidad o docilidad de una persona.
* Manu longa: con la mano larga; jurídicamente se usa respecto del pródigo cuya prodigalidad en los actos de administración y disposición de sus bienes exponen a su familia a la pérdida del patrimonio.
* Manu militari: con mano militar; por la fuerza de las armas o de la fuerza pública.
* Manu promptus: mano dispuesta; dícese del que está dispuesto a dar una mano para ayudar a otro.
* Manu propria: de propia mano; se dice de las obras propias, las que no pueden encomendarse a otra persona.
* Mare mágnum: multitud confusa de cosas; su plural es invariable: los mare mágnum.
* Mari aquam addere: agregar agua al mar; se usa para indicar que algo es irracional, inútil o disparatado.
* Mater in iure, semper certa est: jurídicamente, la madre siempre es cierta; afírmase que madre hay sólo una.
* Máximum: máximo, lo más grande; dícese del límite o extremo a que puede llegar una cosa, el máximo.
* Melius est impune delictum relinquere quam innocentem damnare: resultará mejor dejar impune el delito que condenar a un inocente; hay muchas ocasiones en que sólo por la magnitud del delito cometido se trata de encontrar algún culpable y por ello es que se puede afirmar que:melius est impune delictum relinquere quam innocentem damnare.
* Melius est nomen bonum quam divitiæ multæ: mejor es una buena reputación que abundantes riquezas.
* Melius est pede quam labi lingua: es mejor equivocarse con el pie que con la lengua; alude a las maledicencias, habladurías o calumnias.
* Melius est sensum quam verba amplecti: mejor es atenerse al sentido que a las palabras; se refiere a la hermenéutica, como medio para la interpretación o la exégesis de las normas jurídicas.
* Melius ómnibus quam singulis creditur: se le da mayor crédito a la generalidad que a lo que dice cada individuo.
* Mediocritas: mediocridad; de poco mérito, de calidad media o tirando a malo. Se dice que la mediocritas es la que abunda en algunos círculos en la que no tendría que ser mayoría.
* Memento mori: recuerda que vas a morir, recuerda que eres mortal.
* Mendacem memorem esse oportet: el mentiroso debe tener buena memoria.
* Mens sana in corpore sano: mente sana en cuerpo sano.
* Mente captus: privado de capacidad (física o intelectual); la locución ha pasado al castellano como sinónimo de tonto o persona de escaso entendimiento, y el dicho o hecho propio del mentecato es la mentecatada o la mentecatez.
* Meo quidem animo: por lo menos en opinión mía; se usa en ocasión de manifestar una opinión puramente personal.
* Metu publicæ potestatis: temor suscitado por la autoridad; dícese del medio empleado por el mal funcionario público para obtener de los particulares exacciones indebidas. Mediante el uso del metu publicæ potestatis se configura el delito de concusión.
* Minima de malis: de los males, los menores.
* Minime sunt mutanda, quæ interpretationem certam semper habuerunt:en aquello que siempre tuvo una interpretación cierta, debe cambiarse lo menos posible.
* Mínimum: mínimo; dícese del límite inferior o extremo a que se puede reducir una cosa.
* Minus dictum quod cogitatum: dijo menos que lo que pensó; se aplica a quienes no dicen todo lo que tendrían que haber expresado.
* Mixti fori: mistifori; dícese de las cosas o hechos cuya naturaleza no se puede deslindar con suficiente claridad. Son las llamadas zonas grises. También se aplica, familiarmente, a todo embrollo o mezcla de cosas heterogéneas.
* Modus operandi: modo de actuar, o de hacer.
* Modus vivendi: modo de vivir; norma de conducta.
* Mores: costumbres; aplícase al proceder o conducta de un individuo o grupo.
* Mortis causæ: por causa de muerte; se usa respecto de la transmisión de los derechos.
* Motu proprio: por propia iniciativa; dícese del acto que nace de la voluntad. Es incorrecto escribir propio o anteponerle de.
* Multa paucis: mucho en pocas palabras, concisión; dícese del arte de escribir brevemente.
* Multa pro æquitate contra ius dicere: defender prolijamente la equidad contra el derecho estricto.
* Mutatis mutandis: cambiando lo que se deba cambiar; con los cambios necesarios.
* Nasciturus: que ha de nacer; aplícase a la persona por nacer.
* Natus: nacido; persona ya nacida.
* Nec iudicem oportet iniuriam sibi fieri existimare, eo quod litigator ad provocationis auxilium convolavit: el juez no debe sentirse ofendido si el litigante acude al recurso de apelación.
* Nec ulla deformior species est civitatis: no hay forma alguna de gobierno peor.
* Nedum: con mayor motivo.
* Nefandus: criminal, abominable; aplícase a todo acto cometido por un nefandario.
* Nefarius: criminal, nefandario; aplicado respecto del que ha cometido o procurado cometer un delito.
* Neglegentia: negligencia; falta de cuidado, de atención o de interés.
* Neglegens: negligente; que no pone cuidado, atención o interés.
* Neminem lædit qui suo iure utitur: nadie hace daño por ejercer su derecho.
* Nemo auditur propriam turpitudinem allegans: no puede ser escuchado quien alega su propia torpeza; no debe escribirse propiam.
* Nemo censetur ignorare legem: la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento.
* Nemo contra se sponte agere censetur: nadie actúa espontáneamente contra sí mismo.
* Nemo dat quod non habet: nadie puede dar lo que no tiene.
* Nemo debet bis vexari pro una et ædem causa: nadie debe ser perseguido dos veces por una misma causa; principio recogido por el derecho constitucional mediante el cual se prohíbe la doble persecución penal a una misma persona, por la misma causa.
* Nemo debet lucrari ex alieno damno: nadie debe lucrar del daño ajeno.
* Nemo gratis mendax: nadie es mentiroso gratuitamente; la mentira presupone un provecho para el mentiroso, aun sin recompensa, porque nadie miente de balde o gratuitamente.
* Nemo non auditus condemnetur: nadie puede ser condenado sin ser escuchado.
* Nemo magister natus: nadie nace maestro.
* Nemo nascitur sapiens, sed fit: nadie nace sabio, sino que se hace; alude al dicho popular nadie nace sabiendo porque el saber debe ser adquirido mediante la correspondiente enseñanza.
* Nequáquam: no, de ningún modo, de ninguna manera; empléase para afirmar un no rotundo.
* Ne quid nimis: nada con demasía; y se usa aconsejando sobriedad y moderación en todo.
* Ne varietur: para que no cambie nada; aplícase a quienes, en realidad y pese a sus promesas, no quieren cambiar nada de lo establecido.
* Nexus: nexo, unión; un grupo de ideas o imágenes sugeridas por un solo estímulo.
* Nihil ad rem: nada a la cosa; empléase para hacer referencia a algo que no tiene nada que ver con el asunto en cuestión.
* Nihil est sine ratione: nada existe sin fundamento; todo lo que sucede tiene una razón que lo explique, ya que nihil est sine ratione.
* Nihil médium: no hay término medio; indica que la elección deberá realizarse entre las dos opciones o cosas igualmente malas.
* Nihil novum sub sole: nada hay nuevo bajo el sol.
* Nihil obstat: no hay objeción, nada obsta.
* Nihil penitus tam in administratione positis, quam post depositum officium, pro aliquo præstito beneficio témpore administrationis, accepturos: no recibir absolutamente nada, tanto durante la administración del cargo como después de dejarlo, por algún beneficio prestado cuando se ejercía. De la fórmula del juramento de la ley 6, C. ad legem Iuliam repetundam.
* Nihil pretiosus témpore: nada hay más precioso que el tiempo; dícese que el tiempo es oro pero el valor del oro se puede recobrar, en cambio el tiempo perdido, perdido está. Se aplica a los largos y costosos procesos judiciales respecto del tiempo que se pierde, que los convierte en una real injusticia.
* Nihil sibi conscire: tener la conciencia completamente tranquila.
* Nil desperandum: nunca desesperar; Quintus Horatius Flaccus (Horacio): Odas, I, VII, 27.
* Nocentia: culpabilidad, malicia.
* Non aurum, sed ferro liberanda est patria: No es el oro, sino el hierro lo que libera a la patria. Frase que significa que es el valor lo que vale, y no el dinero.
* Noli quærere fieri iudex nisi valeas virtute irrumpere iniquitates: no pretendas que te hagan juez si no te sientes con valor para hacer frente a las iniquidades.
* Non concedit venire contra factum proprium: enuncia la llamada doctrina de los actos propios, por la que no se puede contradecir en juicio los propios actos anteriores, deliberados, jurídicamente relevantes y plenamente eficaces. La parte no puede colocarse en contradicción con su comportamiento jurídico anterior. No debe escribirse propium.
* Non grata: no bienvenida; aplícase a la persona que, por motivos concretos, no es aceptada en una comunidad, declarándosela persona non grata.
* Non multa sed multum: no muchas cosas, sino mucho.
* Non natus: no nacido; si el [[nasciturus]] muere antes de estar completamente separado del seno materno, será considerado como si no hubiera existido: non natus. No deberá confundírselo con nonato, aun cuando tenga la misma raíz etimológica.
* Non plus ultra: no más allá; trátase de algo superlativo.
* Non sequitur: no sigue; trátase de una conclusión inconsecuente.
* Non solent quæ abundant vitiare scripturas: lo que abunda no suele viciar las escrituras; en términos vulgares se dice que lo que abunda, no daña.
* Nosce te ipsum: conócete a ti mismo.
* Noxa: daño, perjuicio, detrimento; es un término anticuado del castellano y es sustantivo del género femenino: la noxa. Por su inexistencia como vocablo en la lengua castellana es incorrecto usar noxal como sinónimo de perjudicial.
* Nox lucubrata: noche pasada en vela; se aplica al que ha estado trabajando sin descanso.
* Nullus ad amissas ibit amicus opes: ningún amigo irá hacia quien perdió las riquezas.
* Numen Aeterna: gloria eterna
* Numerus apertus: número abierto; se designa a todo sistema que, por lo enumerativo, permite salirse de él.
* Numerus clausus: número cerrado; (1ª) aplícase al caso de las vacantes o plazas de número fijo o limitado en instituciones públicas o privadas y (2ª) para designar a todo sistema que, por lo taxativo, no permita salirse de él.
* Nuptiæ sun coniunctio maris et feminæ, consortium omnis vitæ el matrimonio es la unión del hombre y la mujer, consorcio de toda la vida.
* Obiter dictum: dicho sea de paso; aplícase cuando quiere señalarse algún detalle o elemento circunstancial o calificativo. Las palabras que expresan un obiter dictum se escriben entre comas o guiones.
* Obiit sine prole: murió sin descendencia; es decir sin dejar herederos legitimarios o forzosos, porque la prole o descendencia es respecto de una persona el conjunto de hijos, nietos y demás generaciones sucesivas que descienden de aquélla por línea directa; abreviatura: o.s.p..
* Obligat lex simul atque promulgata est: la ley es obligatoria desde el momento en que es promulgada; en los sistemas derivados del derecho romano, las leyes no son obligatorias sino después de su publicación, es decir su previa difusión para que sea conocida. El aforismo debe ser aplicado con tal sentido.
* Occasio facit furem: la ocasión hace al ladrón.
* Octies: ocho veces; numeral que añadido a cualquier número entero, indica que tal número se ha repetido por octava vez y en la técnica legislativa, se usa para designar el octavo añadido a un artículo o norma de una ley vigente, sin que se altere la numeración original. Vide bis, ter, quáter, quinquies, sexies y septies.
* Odi et amo: odio y amo; expresión clásica del síndrome amor-odio. Caius Valerius Catulus Catulo): "Carmina", 1, XXXV.
* Officium: oficio; función, deber o cargo.
* Officium deserere: faltar al deber; dícese que cuando se dicta una sentencia arbitraria, el tribunal incurre en una officium deserere respecto de la función judicial encomendada.
* Officium servare: cumplir con el deber.
* O fortuna, velut luna statu variabilis, semper crescis aut decrescis: ‘Oh, fortuna, como la luna eres variable, siempre creces o decreces’ (verso de inicio de los Carmina Burana musicalizados por Carl Orff).
* Omisso medio: omitido lo del medio, se suprime lo que se halla en el medio.
* Omne ignotum pro magnifico: dícese de aquello que, por saberse poco, se supone maravilloso; Publius Cornelius Tácitus (Tácito): "Vida de Agrícola": XXX.
* Omne ius, aut consensus fecit aut necessitas constituit, aut firmavit consuetudo: todo el derecho lo creó el consentimiento, lo instituyó la necesidad, o lo estableció la costumbre.
* Omnes vulnerant, postuma necat: ‘Todas hieren, la última mata'.
* Omnia in bonum (San Pablo. San Josemaría Escrivá): Todo es para bien.
* Omnia vincit Amor; et nos cedamus Amori: ‘El Amor todo lo vence; y nosotros rindámonos al Amor’.
* Omni honore indignissimus: absolutamente indigno de todo honor.
* Omnis definitio regula in iure civilis periculosa est; parem est enim ut non subverti possit: toda definición en derecho civil es peligrosa; pues en efecto es igualmente fácil que ella sea tergiversada.
* Omnis potestas a Deo: toda potestad viene de Dios.
* Onus probandi incumbit actori: la carga de la prueba incumbe al actor.
* Ope legis: por obra de la ley.
* Opera omnia: se refiere a todos los trabajos, verbi gratia: a toda la obra u obras completas de un autor.
* Opere citato: obra citada; empléase en un texto para evitar la repetición de una referencia; abreviatura: op. cit.
* Opinio edita in vulgus: rumor extendido entre el vulgo.
* Oppressio veritatis: supresión de la verdad; elemento imprescindible para la existencia de estafa, ya que la oppressio veritatis constituye una positiva ocultación de hechos verdaderos para producir el engaño.
* Opprimi onere officii: sucumbir bajo el peso del deber.
* Opus:obra.
* Opus Dei: Obra de Dios.
* O tempora, o mores: ‘¡Oh tiempos, oh costumbres!’, se usa para recordar la época de las buenas costumbres"
* Pacem cum aliquo servo: guardar la paz consigo mismo.
* Pacta quæ turpem causam continent, non sunt observanda: los pactos que contienen una causa torpe, no son respetables.
* Pacta sunt servanda: los pactos deben ser cumplidos.
* Pactio verborum: fórmula convenida, términos de una convención; se dice que la intención al redactar un contrato es plasmar en sus cláusulas la pactio verborum.
* Pactum: pacto, convenio.
* Pactum de non petendo: pacto de no demandar; aplícase al caso de la remisión de la deuda.
* Pactum est duorum consensus atque conventio: pacto es el consentimiento y acuerdo de dos intervinientes; Domitius Ulpianus (Ulpiano): "Digesto", 50, 12, 3.
* Pane lucrando: para ganar el pan; se aplica a las obras hechas sin esmero, con el único fin de ganarse la vida.
* Panem et circenses: panes y circos; para apaciguar al pueblo. Decimus Iunius Iuvenalis (Juvenal): "Sátiras", IV, X, 81.
* Paradigma: ejemplar, paradigmático; dícese del modelo: cosa o persona digna de ser imitada y tiene aplicación en las ciencias jurídicas respecto de algunos pronunciamientos jurisprudenciales que, por la autoridad judicial de la que emanan, se convierten en paradigma de la inteligencia de un texto legal.
* Paratissimus in iure: muy bien preparado en materia de derecho; dícese de los buenos abogados porque demuestran ser paratissimus in iure.
* Par condicio creditoris: igual condición de los acreedores; aforismo que rige en el derecho comercial respecto de los concursos. No debe escribirse pars (parte) ni tampoco condictio (que no existe) ni conditio, cuyo significado es: (1ª) fundación, creación; (2ª) condimentación, sazonamiento. Véase: condicio.
* Parens binubus: padre casado en segundas nupcias.
* Pariter: igualmente, del mismo modo.
* Pars est in toto: la parte está contenida en el todo.
* Partem habere alicuius rei: tener parte en algo.
* Parvo vivere: vivir con poco, contentarse con poco.
* Pássim: aquí y allá; para significar que un tema se encuentra en diversos lugares de una obra escrita.
* Pauca sed bona: pocas cosas pero buenas.
* Pauca verba: pocas palabras; se aplica en el foro para advertir a los litigantes respecto de sus escritos, alegatos orales y discursos, como así también al lenguaje o estilo de ellos, los que por su claridad y concisión no deberían expresar más de lo preciso.
* Pax et bonum: Paz y bien, saludo que empleaba San Francisco de Asís.
* Peccata minuta: error, falta o pecado leve.
* Pendente condicio: pendiente la condición; dícese cuando se está ante una condición resolutoria o suspensiva. Véase: condicio.
* Penitus extranei: extraño a la pena; aplícase en las convenciones a quienes, por no ser parte, resultan ser terceros.
* Per accidens: por accidente, accidental.
* Per annum: por año, anualmente.
* Per aspera, ad astra: por lo penoso, hasta las estrellas.
* Per cápita: por cabeza, por persona; exempli gratia: renta per cápita.
* Perdendi finem nemo nisi egestas facit: sólo el que nada posee no puede perder nada; se trata del insolvente que es la persona que no tiene con qué pagar, que no tiene solvencia, o sea, dinero o responsabilidad para garantizar el cumplimiento de una obligación. Aplícase al caso del litigante que nada tiene para responder por la condena o por las costas del litigio, dejando en definitiva desamparado al ganador.
* Per fas et nefas: dícese de la acción que se emprende sin reparar en los medios empleados: el fin justifica los medios.
* Perfecta emptione periculum ad emptorem respicit: cuando la compra está concluida el riesgo pasa al comprador; aplícase al caso de la cosa vendida y hecha la tradición al comprador.
* Periculum eius esse debet cuis commodum est: el que participa de la utilidad debe también participar del peligro; se trata del principio esencial de la sociedad.
* Periculum in mora: peligro en la demora; aplícase a las providencias cautelares porque previenen tan sólo el periculum in mora, es decir el riesgo de que la demora en llegar hasta la sentencia, no haga ilusorio el fin del proceso.
* Per procurationem: por procuración; se trata de la autorización dada por una persona a otra para que la represente y ejecute algo en su nombre. También se lo denomina ejecución por encargo o representación. En los litigios sólo pueden actuar de tal manera los procuradores.
* Per sæcula: para siempre.
* Per saltum: por salto; aplícase al conocimiento o avocación per saltum de resoluciones o sentencias por un tribunal superior, soslayando instancias intermedias.
* Per se: por sí mismo.
* Persona dicitir vagus si nullibi domicilium habeat: la persona se llama vago si no tiene en parte alguna domicilio.
* Persona maior plenum habet suorum iurium exercitium: la persona mayor tiene el pleno ejercicio de sus derechos.
* Petitor: demandante, accionante en juicio, solicitante; en plural: petitores.
* Piæ causæ: por causa de piedad; aplícase a las fundaciones establecidas para obras piadosas.
* Plus dictum quam cogitatum: dijo más de que lo que pensó; se aplica a quienes dicen mucho más de lo que tendrían que haber expresado.
* Plus minusve: más o menos, aproximadamente.
* Plus petitio: más de lo peticionado; aplícase a la demanda superior a lo pertinente.
* Poenalia sunt restringenda: las leyes penales deben ser interpretadas restrictivamente.
* Portio agri videtur aqua viva: el manantial se considera parte de la finca; jurídicamente el manantial, que es la fuente de donde brota naturalmente el agua, en este caso es de carácter privado, por lo que portio agri videtur aqua viva.
* Possessor pro suo: poseedor por cuenta propia.
* Posside sapientiam, quia auro melior est: adquiere sabiduría, porque es mejor que el oro.
* Posterius: posterior, que está o viene después; en la construcción de la sentencia, el juez analiza los hechos como un prius y los califica como un posterius conforme al derecho vigente.
* Post facto: después del hecho.
* Post factum, nullum consilium: aplícase al caso del que obra no obstante el consejo: porque lo hecho ya no tiene remedio.
* Post merídiem: por la tarde; postmeridiano. Abreviatura: p.m.
* Post mortem: después de la muerte.
* Post scríptum: posdata, lo que se añade a una carta ya concluida y firmada; abreviatura: p.s.
* Postulatio: demanda; en plural: postulationes.
* Potior in témpore, potior in iure: el primero en el tiempo, es el primero en el derecho.
* Præfatio: prefación; prólogo o introducción de un libro.
* Præiudicium: juicio previo.
* Prænomen: prenombre; nombre de pila.
* Præsumptio iuris et de iure: presunción que no admite prueba en contrario.
* Præsumptio iuris tantum: presunción que admite prueba en contrario.
* Primæ noctis: la primera noche; se refiere a la noche de bodas, por la probable consumación del matrimonio.
* Prima facie: a primera vista. No debe decirse: a prima facie.
* Prima luce: al amanecer, en la alborada; comienzo o principio de una cosa.
* Prima societas in ipso coniugio est: la primordial sociedad se halla en el matrimonio mismo. Marcus Tullius Cicero (Cicerón): De officiis, 1, 17, 54.
* Primas sum: primatum nil a me alienum puto: soy primate y nada de lo primate me es ajeno. Frase acuñada por el antropólogo estadounidense Earnest Albert Hooton), convertida hoy en el eslogan de primatólogos y de los amantes de los todos los primates.
* Primum vivere deinde philosophare: primero vivir, después filosofar.
* Primus inter pares: primero entre iguales.
* Prior tempore potior iure: el primero en el tiempo ostenta un mejor derecho. Aforismo de Derecho Romano que indica que el primero tiene un derecho preferente.
* Prius: antes, primero; que denota prioridad de tiempo o lugar o preferencia: la acción es un poder que constituye el prius de la sentencia en que culmina el ejercicio de la actividad jurisdiccional.
* Procul ex oculis ex mente: fuera de los ojos y de la mente; modernamente se dice que lo que los ojos no ven, el corazón no lo siente.
* Pro domo sua: en pro de la propia causa o de su propio provecho; se alude con ella al modo egoísta con que obran algunos.
* Proestat in egestate vivere, quam inhoneste: más vale vivir pobre, que deshonrado.
* Promptior lingua quam manu: más expedito de palabras que de obras; dícese de los malos políticos que son promptior lingua quam manu, porque tienen facilidad de palabra sólo para prometer.
* Pro optimo est minime malus: hay que considerar como el mejor el menos malo.
* Proprium factum nemo impugnare potest: nadie puede impugnar su propio hecho; no debe escribirse propium.
* Propter rationem brevitatis: en consideración a la brevedad.
* Pro tribunali: (1ª) en estrados y audiencia pública con el traje y aparato de juez; (2ª) con tono autoritario.
* Provecta ætate: de avanzada edad; valetudinario.
* Proverbium: adagio, refrán o frase breve que expresa una enseñanza o advertencia moral. El plural es: proverbia.
* Pro veritate habetur: se considera como verdadero; que resulta conforme a la verdad y debe referirse a un relato o a una historia. En el lenguaje forense se usa para concluir en la prueba de los hechos tal como surgen del litigio.
* Prudentiam, ut cetera auferat, adfert certe senectus: las canas aun suponiendo que quita todo lo demás da, por lo menos, la prudencia.
* Pseudo: falso; prefijo invariable o elemento compositivo que antepuesto significa falso y que aunque proviene del griego se incorporó al latín y se abrevia ps.: ps. propheta, ps. Christus, ps. apostolus, etc.
* Qualix Artifex Pereo!: Que artista se pierde! (Nerón, antes de suicidarse)
* Quanti minoris: Disminución de precio.
* Quid pro quo: Dar una cosa a cambio de otra.
* Qui tacet consentire videtur: Quien calla, otorga.
* Quod scripsi scripsi : Lo que está escrito, escrito queda
* Quod naturam non dat, Salmantica non praestat : Lo que la naturaleza no da, [la Universidad] de Salamanca no lo ofrece.
* Qui cum verbum non offendi, eius est perfectus vir : El que no ofende con la palabra es un hombre perfecto.
* Quod Erat Demostrandum: Lo que se quería demostrar.
* Quosque tandem Catilina abutare patientiam nostram: Hasta cuando Catilina abusaras de nuestra paciencia.
* Res derelictae: ‘Cosa abandonada’.
* Rebus sic stantibus: Estando así las cosas.
* Res nullius: ‘Cosa de nadie’.
* Res perit domino: ‘La cosa perece para su dueño’.
* Res ipsa locutorum: ‘Los hechos hablan por sí mismos’.
* Res non verba: ‘Hechos, no palabras’.
* Sic itur ad astra: ‘Así es el camino a las estrellas’
* Sic semper tyrannis: ‘Así siempre a los tiranos’.
* Sic transit gloria mundi: ‘Así pasa la gloria del mundo’.
* Sine die: 'Sin fijar el día, aplazamiento sin fecha determinada'
* Sit tibi terra levis: ‘Que la tierra te sea leve’.
* Societas delinquire non potest: ‘Las sociedades no delinquen (la responsabilidad es de sus representantes o gestores’
* Soliditudinem faciunt, pacem apellant: "Hacen un desierto y lo llaman Paz", frase extraída de los "Anales" deTácito y que manifiesta una crítica al imperialismo.
* Solve et repete: ‘Paga y recurre’ (en materia administrativa, principio que implica que el ciudadano primero debe pagar, y después tendrá oportunidad de recurrir contra la decisión de obligarle a pagar, sin posibilidad de recurrir antes de haber cumplido con el pago)
* Stare decisis: ‘Atenerse a las decisiones’.
* Sub iudice: ‘Bajo enjuiciamiento’.
* Summum ius, summa iniuria: ‘El excesivo apego a la ley causa injusticia’.
* Si vis pacem, para bellum: ‘Si quieres paz, preparate para la guerra’. Atribuída a Vegecio
* Tractus temporis: ‘Lapso de tiempo’.
* Temel Nosce: ‘Conocete a ti mismo'.
* Tempus fugit: ‘El Tiempo vuela’.
* Tertium non datur: ‘Tercero excluído’.
* Tertium non laedere: ‘no dañas a tercero’.
* Thema decidendi: ‘Tema sobre el que se decide’.
* Theoria sine praxis sicut rota sine axis : 'La teoría sin la práctica es como una rueda sin eje'.
* Ubi dubium ibi libertas: ‘Donde hay duda, ahí hay libertad’.
* Ubi emolumentum, ibi et onus esse debet: ‘Allí donde se encuentra el beneficio, allí también debe encontrarse la carga’.
* Ubi homo ibi societas: ‘Donde hubo hombre hubo sociedad’.
* Ubi lex non distingüit, nec nos distegere debemus: ‘Donde la ley no distingue, no debemos distinguir’.
* Ubi societas ibi ius: ‘Donde hubo sociedad hubo derecho’.
* Ultima ratio: ‘Último argumento’.
* Ultra petita: ‘Más allá de lo pedido’.
* Una salus victis, nullam sperare salutem: ‘La única salvación para los vencidos: no esperar ninguna salvación’
* Unusquisque potest renunciare iuri pro se introducto: ‘Cada uno puede renunciar a un derecho establecido en su favor’.
* Urbi et Orbi: ‘A la ciudad y al mundo’.
* Vae Victis: ‘¡Ay de los vencidos!’.
* Venditor igitur qui pretium petit, offerre debet rem: ‘El vendedor que exige el pago, debe suministrar la cosa’.
* Veni, vidi, vici: ‘Llegué (vine), vi, vencí’. (Es muy común confundir "vici" (vencí), con "vinci" (ser vencido))
* Verba chartarum fortius accipiuntur contra proferentem: ‘Los términos de un escrito se interpretan con más rigor contra quien se vale de éste’.
* Verba volant, scripta manent: ‘Las palabras vuelan, lo escrito permanece’.
* Veritas convicii ab iniuria non excusat: ‘La verdad de una injuria no lleva ninguna excusa para el daño que trae’.
* Vigileantibus, non dormientibus iura subveniunt: ‘Las leyes van en ayuda de la gente vigilante, no de los que duermen’.
* Viribus unitis: 'con unión de fuerzas'. Era el lema personal del emperador Francisco José y el título de un libro de su hijo el archiduque Rodolfo de Habsburgo.
* Virtus unita fortior: ‘La virtud unida es más fuerte’ Divisa nacional del Principado de Andorra.
* Vita flumen: ‘Vida fluida’.

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